Dictamen CGR

Dictamen N° 39942/2009

2009-07-27 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Las instituciones empleadoras reconocerán a becarios, para los efectos de los trienios, el tiempo cumplido en ese carácter, siempre que se encuentren en posesión del certificado de especialista otorgado por la respectiva Universidad al término de la beca

N° 39.942 Fecha: 27-VII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Nicolás Ávalos Jobet, profesional funcionario con desempeño en el Hospital de la Fuerza Aérea de Chile, para solicitar que se le reconozca y pague la asignación trienal, considerando el período en que realizó su especialización en Cirugía General. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 43 de la ley N° 15.076, previene que los Servicios de Salud y las Universidades del Estado o reconocidas por éste, podrán autorizar becas destinadas al perfeccionamiento de una especialidad médica, dental, químico farmacéutica o bioquímica, las que se otorgarán por concurso, en las condiciones y plazos que señala el precepto indicado. Enseguida, el inciso sexto del citado artículo 43 en armonía con el artículo 12 del decreto N° 507, de 1990, del Ministerio de Salud, sobre reglamento de becarios, dispone que las instituciones empleadoras reconocerán a éstos, para los efectos de los trienios, el tiempo cumplido en ese carácter, siempre que se encuentren en posesión del certificado de especialista otorgado por la respectiva Universidad al término de la beca. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, en especial, del Certificado emitido por el Director de Postgrado y Postítulo de la Escuela de Medicina de la Universidad de Valparaíso, aparece que el interesado realizó un Programa de Formación de Especialista en el Departamento de Cirugía de esa Universidad -con financiamiento institucional-, utilizando los campos clínicos de la Fuerza Aérea de Chile, durante un período de tres años, entre el 1° de abril de 1998 hasta el 31 de marzo de 2001, obteniendo el Certificado de Especialista en Cirugía General cuya fotocopia se adjunta. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, es dable concluir que el período de formación como especialista realizado en la Universidad de Valparaíso, es útil para los efectos de la asignación de antigüedad que reclama. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República