Dictamen N° 39949/2015
N° 39.949 Fecha: 19-V-2015 Los señores Oscar Enrique Becker Dörner, en representación de Sociedad Agrolácteos de Chiloé S.A., Enrique Becker Álvarez y Oscar Antonio Becker Álvarez, formulan una serie de apreciaciones acerca de la aprobación de la actualización del Plan Regulador Comunal de Ancud, que según expresan, se encuentra actualmente en tramitación. Sobre el particular, cabe manifestar que acorde con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo de Control, la resolución que promulgue el antedicho instrumento de planificación territorial se encuentra sujeta al trámite de toma de razón, sin que a la fecha haya ingresado para tales efectos a esta Sede de Fiscalización. Sin perjuicio de lo anterior, y habida cuenta de lo previsto en el artículo 14 inciso segundo de la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, cumple con remitir a ese Gobierno Regional fotocopia de la indicada solicitud, para los fines que estime pertinentes. Transcríbase a la Municipalidad de Ancud, a los interesados y a la Contraloría Regional de Los Lagos, para que lo expuesto en la presentación de que se trata sea tenido en consideración en el pertinente examen preventivo de juridicidad. Saluda atentamente a Ud., Por Orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación