Dictamen N° 3996/2018
N° 3.996 Fecha: 02-II-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Susana San Martin Donoso, viuda del señor José Silva Montes de Oca, solicitando que se modifique la fecha en la cual se declaró que este último fue exonerado por motivos políticos, dado que, a su entender, su exoneración se habría producido en el mes de octubre de 1973 y no en el mes agosto de 1974, como se estableció. Como cuestión previa, se debe recordar que esta Entidad Fiscalizadora, mediante el oficio N° 22.192, de 2017, remitió a la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública una presentación efectuada por la interesada, de similar tenor, a fin de que fuese analizada por esa unidad y se le diera respuesta directa a aquella. Puntualizado lo anterior, es preciso señalar que el artículo 10 de la ley N° 19.234, previene, en lo pertinente, que la calificación del carácter político de la exoneración será hecha en forma privativa por el Presidente de la República, a través del Ministerio del Interior, el que una vez formada esa convicción, resolverá, también, privativamente sobre el otorgamiento de los beneficios de cargo fiscal que se autorizan. Como puede advertirse, y en armonía con la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control, contenida en los dictámenes N os 37.194, de 1994 y 21.836, de 2013, entre otros, la calificación de la exoneración constituye una atribución exclusiva del Presidente de la República, para lo cual se asesora con las proposiciones que al efecto le formula el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, previo estudio de la Oficina de Exonerados Políticos de esa repartición. En consecuencia, esta Entidad de Control debe abstenerse de conocer sobre el requerimiento formulado por la señora San Martin Donoso, y remitir nuevamente los antecedentes a la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a fin de que dé respuesta directa a la señora San Martin Donoso, e informe de ello a esta Contraloría General en el plazo de 20 días hábiles contados desde la recepción del presente oficio. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Marta Morales del Río Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal