Dictamen N° 3997/2012
N° 3.997 Fecha: 20-I-2012 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al documento en examen, que reglamenta la línea de acción denominada Uso de la Tecnología en la Formación Inicial Docente en el marco de la asignación presupuestaria Informática Educativa en Escuelas y Liceos, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe señalar que el artículo 6° del acto administrativo contempla la constitución de una comisión de evaluación y selección, integrada en la forma que indica, sin que se acompañen los antecedentes que permitan determinar la existencia y vigencia tanto del Programa Inicia como del convenio de desempeño de formación de profesores, a cuyos representantes convoca. Además, sobre el mencionado acuerdo de voluntades, no consta el contenido del mismo, las obligaciones que de él nacen o si las partes han manifestado su intención en orden a integrar la aludida comisión, requisito indispensable para el caso de que se trate de agentes del sector privado. Finalmente, se hace presente que la denominación de la asignación presupuestaria es la apuntada anteriormente y no como se señala en la parte considerativa del decreto en trámite. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el instrumento señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República