Dictamen N° 40221/2009
N° 40.221 Fecha: 28-VII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Augusto Alarcón Sanhueza, presidente del Consejo Gremial de la Comunidad Cervantina, efectuando una denuncia sobre una serie de situaciones acaecidas en el Liceo Miguel de Cervantes y Saavedra, dependiente de la Municipalidad de Santiago. En relación con el proceso de evaluación docente, cumple esta Contraloría General con remitir, para su conocimiento y fines que procedan, fotocopia de los oficios S/N, de 7 de mayo de 2009, de la Directora del Liceo Miguel de Cervantes y Saavedra y N° 1.437, del mismo año, de la Municipalidad de Santiago, que se refieren a la situación por usted planteada. En este mismo orden de ideas, cabe manifestar, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16, del decreto N° 192, de 2004, del Ministerio de Educación, sobre reglamento de evaluación docente, los informes de referencia de terceros, no tienen especificado un procedimiento para efectuarlos, sino que solamente se indica que para estos efectos se deberá utilizar una pauta estructurada especialmente diseñada por el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, de manera que si se ha obrado en la forma indicada, dicho proceder se ajusta a derecho. Respecto de los temas relativos, entre otros, al manual de convivencia escolar y al proceso de evaluación de los asistentes de la educación y funcionarios administrativos, esta Contraloría General, considera, que al tenor de lo manifestado en el oficio de la directora del citado establecimiento educacional, se encuentran en vías de solución. Finalmente, en lo que atañe a la insuficiencia del Plan Cuadrante de Carabineros, es menester hacer presente, que ese es un aspecto de mérito que no le compete a este Organismo de Control. Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General