Dictamen N° 40245/2013
N° 40.245 Fecha: 26-VI-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de la muerte del can fiscal Pillán de Rayén Mapu, que se encontraba bajo el cuidado de su empleado, señor Fernando Alexis Alvear Lira, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de la documentación adjunta, aparece que el día 26 de septiembre de 2012, el aludido servidor, con la finalidad de efectuar un entrenamiento con el mencionado perro, concurrió a los caniles de la 51ª Comisaría Pedro Aguirre Cerda, en la que presta funciones, percatándose que aquel animal se encontraba desmayado y con abundante saliva en su hocico, trasladándolo de forma inmediata en su vehículo particular hasta la Escuela de Adiestramiento Canino, lugar en el cual un Médico Veterinario constató su muerte, debido a una torsión gástrica. Enseguida, consta de la reseña de perros policiales del Departamento Fomento Equino, que el avalúo del referido can era la suma de $200.000. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Fernando Alexis Alvear Lira, por la muerte del perro fiscal Pillán de Rayén Mapu. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República