Dictamen N° 40250/2013
N° 40.250 Fecha: 26-VI-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4983, conducido por su funcionario, señor Angelo Andrés Bello Arévalo, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 6 de mayo de 2012, ese servidor se desplazaba en el citado furgón por la Ruta G-60, y al llegar a la altura del km. 22 de esa vía, en la comuna de Melipilla, fue colisionado por un vehículo particular, resolviendo el Juzgado de Garantía de la mencionada comuna, en su sentencia de fecha 10 de octubre de 2012, condenar al conductor de este último móvil como responsable del referido accidente. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 25, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $1.172.450, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Angelo Andrés Bello Arévalo, por los deterioros causados en el furgón fiscal Z-4983. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República