Dictamen N° 40524/2014
N° 40.524 Fecha: 06-VI-2014 Esta Entidad Fiscalizadora ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 50, de 2014, de la Dirección Nacional de Logística de Carabineros de Chile, que aprueba el contrato de prestación de los servicios que señala, por cuanto se ha omitido acompañar la cotización a que hace referencia la cláusula primera del acuerdo de voluntades, así como la boleta de garantía a que se refiere la cláusula novena, antecedentes que sirven de fundamento al acto de la suma, tal como lo prescribe el artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, los cuales resultan esenciales para proceder al referido examen de juridicidad (aplica criterio contenido en el dictamen N° 14.874, de 2014). En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo señalado. Transcríbase a la División de Auditoría Administrativa. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República