Dictamen N° 405923/2023
N° E405923 Fecha: 18-X-2023 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del epígrafe, que aprueba liquidación final del contrato “Mejoramiento Ruta G-45, Camino Padre Hurtado, Sector Cuesta Chada, Tramo DM. 35.564,24 - DM. 41.012,252, Comuna de Paine, provincia de Maipo, región Metropolitana”, en atención a las siguientes observaciones: 1. No se acompañan los siguientes antecedentes: a. Aquellos relacionados al nuevo ítem 107-1A “Corta y reforestación de bosque nativo” incorporado como obra extraordinaria, mediante resolución exenta N° 793, de 2020, de esa Dirección. b. Los informes del punto 7.9 de las bases tipo -aprobadas por la resolución Nº 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, aplicables en la especie- y los planos as built acorde al numeral 25 del respectivo anexo complementario. c. Los que acrediten la participación del personal mínimo indicado en el numeral 23 del anexo complementario y, en su caso, las autorizaciones de los reemplazos. d. El plan de calidad y las auditorías internas de calidad, acorde a los numerales 40 y 41 del respectivo anexo complementario. e. Folio 33 del Libro de obras N°3, citado en el oficio ORD. N° 116, de 2 de octubre de 2019, suscrito por el inspector fiscal en el que informa al Jefe del Departamento de Construcción de Vialidad, la fecha de término de la obra. f. Copia de las boletas de canje de retenciones que garantizan el monto total canjeado. g. Los certificados de laboratorio que respaldan las evaluaciones estadísticas efectuadas para verificar el cumplimiento resistencia mecánica de los hormigones H-20, H-25 y H-30. 2. En el cálculo de la multa por deficiencias de espesor de pavimento asociada a la partida 501-6 "Hormigón H- 30", cursada en el estado de pago N° 24, no se ha considerado el IVA, recargo incorporado expresamente en el punto 5.410.315 del Manual de Carreteras. Finalmente, se observa que la carátula del estado de pago N°15 carece de fecha. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República. JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División