Dictamen N° 40805/2009
N° 40.805 Fecha: 29-VII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Orlando García Muñoz, ex funcionario de la Corporación Nacional Forestal, CONAF, exonerado político, para solicitar el derecho que, a su juicio, le corresponde para percibir el bono extraordinario que concede la ley N° 20.134. Requerido su informe, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir el expediente jubilatorio del interesado, manifestó que no es posible conceder a éste el beneficio que solicita, toda vez que presentó su reclamo fuera del plazo que disponía para formularlo. Precisado lo anterior, cabe señalar que el artículo 1° de la precitada ley, en lo que interesa, otorga un bono extraordinario a los ex trabajadores del sector privado y las empresas autónomas del Estado que hubiesen sido exonerados por motivos políticos, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, en la medida que sean titulares de una pensión no contributiva, por gracia, calculada conforme al inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234. Por su parte, el artículo 3° del decreto N° 18, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, reglamentario de la aludida ley N° 20.134, dispuso que los beneficiarios del bono extraordinario serían determinados por el Instituto de Normalización Previsional, que debía elaborar una nómina al efecto, publicarla en su sitio web y en un diario de circulación nacional, hecho acaecido el 14 de agosto de 2007. Asimismo, la precitada disposición contempló un plazo de diez días hábiles, contados desde la fecha de publicación de la referida nómina, para que los interesados interpusieran cualquier reclamación, ya fuere por escrito o por medio de la página web del mencionado Instituto. A su vez, es dable añadir que aunque el recurrente hubiese reclamado dentro del referido plazo, igualmente no habría tenido derecho a percibir el bono extraordinario en comento, por cuanto de los antecedentes que obran en poder de esta Entidad Fiscalizadora, aparece que la fecha de su exoneración ocurrió el 30 de septiembre de 1976, es decir, en una época posterior a la exigida por el precitado cuerpo legal. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República