Dictamen N° 4101/2018
N° 4.101 Fecha: 05-II-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba el acuerdo marco de contratación de cobertura ante riesgo de catástrofes naturales que indica con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (Banco Mundial), por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que tanto lo que se dispone en el numeral (iii) de la Sección 8.1, como en la Sección 9.10, ambos del Anexo A, del instrumento en estudio, se entiende sin perjuicio del trámite de toma de razón que corresponda de acuerdo a la resolución N° 1.600, de 2008, de este origen, que Fija Normas Sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. Por otra parte, cabe manifestar que se ha tenido a la vista la traducción al español que se adjunta, la que se archivará en esta Entidad de Control con la copia del decreto examinado. Finalmente, este Órgano de Control entiende que la autorización que la Presidenta de la República otorga al Ministro de Hacienda en el artículo 4° del acto en estudio, para la sumisión al derecho extranjero o a tribunales extranjeros, el señalamiento de domicilio, la designación de mandatario en el extranjero y la renuncia a la inmunidad de ejecución, reviste carácter anual, de conformidad con lo que establece el artículo 4° del decreto ley N° 2.349, de 1978, del Ministerio de Hacienda, que Establece Normas Sobre Contratos Internacionales para el Sector Público. En razón de lo anterior, de pactarse contratos de seguro por más de un año esta autorización deberá renovarse anualmente. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del instrumento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República