Dictamen N° 41019/2009
N° 41.020 Fecha: 30-VII-2009 Esta Contraloría General ha tomado razón de la resolución N° 1.086, de 2009 del Hospital Alberto Padre Hurtado, mediante la cual se aprueba el contrato para el servicio de mantención preventiva, correctiva y calibración del equipamiento médico de dicho establecimiento, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que la cláusula octava del convenio en estudio, en cuanto estipula que cualquiera de los contratantes podrá ponerle término al contrato en cualquier momento sin expresión de causa, debe entenderse, atendido en principio de interdicción de la arbitrariedad de la Administración, y en armonía con lo señalado en la cláusula novena del mismo, en el sentido de que la entidad contratante podrá poner término anticipado al contrato, sólo en los casos y en la forma establecida en el punto 10.2 de las bases administrativas del proceso licitatorio que motivó la contratación de la especie. Con el alcance anotado, se ha tomado razón del acto administrativo en examen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República