Dictamen CGR

Dictamen N° 41215/2011

2011-07-01 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento por encontrarse el asunto en conocimiento de los tribunales de justicia

N° 41.215 Fecha:01-VII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Lesliet Karina Riquelme Fuentealba, ex funcionaria del Servicio de Registro Civil e Identificación, para reclamar, en primer término, por una serie de irregularidades cometidas en la tramitación de un sumario administrativo incoado en su contra por dicho organismo, al término del cual se le aplicó la medida disciplinaria de destitución mediante la resolución N° 461, de 2010, de ese origen; y por otra, para solicitar que se le informe si este Ente Fiscalizador tuvo a la vista el expediente sumarial al momento de realizar el control de legalidad de la aludida resolución. Requerido su informe, el mencionado servicio manifestó, en síntesis, que el proceso disciplinario en cuestión se ajustó a derecho, tomándose razón por parte de esta Institución Fiscalizadora de la respectiva resolución N° 461, de 2010, con fecha 27 de diciembre de esa anualidad. Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada, puesto que sobre la materia la señora Riquelme Fuentealba interpuso dos Recursos de Protección ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, según consta de la causa Rol N o 8.293, de 2010, en la que se dictó sentencia con fecha 13 de junio de 2011, rechazando la acción constitucional y de la causa Rol N° 1.195, de 2011, que se encuentra actualmente en trámite. Por otra parte, en cuanto a la inquietud de la requirente sobre los antecedentes que se examinaron para efectuar el control de legalidad de la citada resolución N° 461, de 2010, que afina el sumario administrativo que se cuestiona, es útil manifestar que en conformidad con el dictamen N° 19.706, de 2011, de este origen, para el adecuado ejercicio de las facultades de fiscalización que esta Entidad Fiscalizadora posee en materia de responsabilidad administrativa, al efectuar el examen de legalidad pertinente, indispensablemente, debe tener a la vista el proceso que sirve de fundamento a la sanción que a su término se aplica al funcionario, toda vez que, el expediente sumarial como el acto que lo afina, constituyen el ejercicio de la potestad disciplinaria por parte de la autoridad, a lo cual se dió pleno cumplimiento en la situación de que se trata. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

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