Dictamen N° 41244/2016
N° 41.244 Fecha: 03-VI-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en los vehículos fiscales RP-3002, AP-958 y Z-4864, conducidos por sus funcionarios, señores José Patricio Rivera Rubilar, Ismael Eduardo Flores Contreras y Mauricio Antonio Espinoza Morales, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 15 de marzo de 2012, los referidos funcionarios, encontrándose de servicio en las inmediaciones del Parque Bustamante, comuna de Providencia, con motivo de una marcha estudiantil no autorizada, fueron agredidos por manifestantes con objetos contundentes, resultando deteriorados los móviles fiscales singularizados precedentemente. Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según los certificados N os 388, de 2013; 67, de 2014 y 125, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma total de $1.377.170, siendo dichas especies reparadas y dadas de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a los señores José Rivera Rubilar, Ismael Flores Contreras y Mauricio Espinoza Morales, por los daños ocasionados en los móviles RP-3002, AP-958 y Z-4864. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República