Dictamen N° 41322/2010
N° 41.322 Fecha: 26-VII-2010 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 2.491, de 2009, de la Subsecretaría de Marina, mediante la cual se amplía el plazo para iniciar actividades en la concesión de acuicultura que indica, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que pese a que en esta oportunidad se ha subsanado la observación formulada por este órgano de Control en el oficio N° 11.860, de 2010, en el sentido que se acredita lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 80 bis de la ley N° 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura, mediante certificado N° 36, de 28 de abril de 2010, del Servicio Nacional de Pesca, se ha omitido consignar dicho documento en el Visto y Teniendo Presente de la resolución en estudio. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República