Dictamen CGR

Dictamen N° 4138/2012

2012-01-23 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Acoge solicitud de exoneración de responsabilidad civil a funcionario de Carabineros de Chile, en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10336

N° 4.138 Fecha: 23-I-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación administrativa instruida con motivo de los daños ocasionados al móvil fiscal RP-2810, de cargo de la Prefectura Atacama, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Francisco Javier Castro Cerda, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 4 de junio de 2011, el aludido servidor, acompañado de otro empleado, se desplazaba en el referido móvil por la calle Cardenal Samoré, en dirección al norte, en la ciudad de Copiapó y, al llegar a una curva existente en esa vía, un jeep particular que transitaba en sentido contrario, a una velocidad no razonable ni prudente, traspasa el eje imaginario de la calzada, obstruyéndole la normal circulación al vehículo policial, colisionando con éste, para luego darse a la fuga, lo que la Sección I.A.T. Atacama, en su oficio N° 9, de 2011, incorporado de fojas 28 a 30 del expediente adjunto, estableció como causa basal del accidente. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, de acuerdo con el presupuesto N° 341, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, dependiente del Departamento de Transportes, que rola de fojas 98 a 100 de autos, ascenderían a la suma de $850.000, debiendo agregarse, que el indicado Departamento, a través de su oficio N° 3.730, de 2011, inserto a fojas 102 del expediente adjunto, informó que el automóvil RP-2810 no ha sido reparado. Ahora bien, es menester expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de la atribución que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor Francisco Javier Castro Cerda, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-2810. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República