Dictamen N° 41511/2010
N° 41.511 Fecha: 26-VII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Gilda Helia Aguayo Vicencio, viuda de don Raimundo Vorpahl Harnich, ex funcionario de la antigua Empresa de Transportes Colectivos del Estado, exonerado político, para solicitar la revisión de su situación previsional. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social manifiesta, en síntesis, que con posterioridad al otorgamiento de la pensión de sobrevivencia a que se refiere el artículo 15 de la ley N° 19.234, de la que es titular la interesada, se modificó el beneficio no contributivo del referido causante, encontrándose pendiente el cálculo de los saldos insolutos a que hubiere lugar, originados en las diferencias de mensualidades por las reliquidaciones de que fue objeto, las que incidirían en el monto de su pensión de viudez. Al respecto, cabe advertir, que luego de efectuadas las verificaciones pertinentes, se ha podido comprobar que, previa opción, por medio de la resolución N° 536, de 2000, modificada por la resolución N° 5.550, de 2003, ambas del Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del individualizado ex funcionario, y se le concedió una pensión no contributiva, por gracia, por la suma inicial de $ 209.110.-, al mes, a contar del 1 de octubre de 1998, dejando de percibir, desde igual data, la jubilación que lo favorecía en el régimen de la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. A continuación, luego del deceso del señor Vorpahl Harnich, acaecido el 1 de junio de 2001, se otorgó a la recurrente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16 de la ley N° 10.475 y en la ley N° 19.234, un montepío no contributivo, a través de la resolución N° NCB-839, de 2002, del antiguo Instituto de Normalización Previsional, por la suma inicial de $78.153.-, mensuales, a partir del 1 de julio de 2001. De este modo, como puede advertirse, la solicitante es titular de un beneficio no contributivo de sobrevivencia y no de una pensión de viudez de régimen normal, como asevera, el que, acorde con lo informado por el Instituto de Previsión Social, se encuentra en proceso de revisión, a fin de determinar si procede su aumento. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República