Dictamen CGR

Dictamen N° 41749/2010

2010-07-27 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Compete a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles fiscalizar y sancionar eventuales transgresiones a la normativa sobre combustibles líquidos, gas y electricidad
Aplicado por
Dictamen N° 62631/2011
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N° 41.749 Fecha: 27-VII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Marcelo Epulef Carrasco, quien se refiere a lo resuelto en el oficio N° 18.666, de 9 de abril del año en curso, relativo a la orden de suspensión transitoria de su licencia de instalador de gas, dispuesta por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Sobre el particular, cabe señalar que la competencia para fiscalizar y sancionar eventuales transgresiones a la normativa sobre combustibles líquidos, gas y electricidad, corresponde a la aludida Superintendencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2° y 3° de la ley N° 18.410. Pues bien, conforme se señaló en el oficio indicado, se han acompañado antecedentes de los que aparece que se dejó sin efecto la suspensión transitoria dispuesta en su contra, y según señala el interesado en su nueva presentación, el proceso reclamado se encuentra en curso, por lo que podrá ejercer su derecho a defensa y presentar los documentos que estime necesario para sus intereses en la instancia que proceda, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras que, en su oportunidad, pueda corresponder ejercitar a esta Contraloría General. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Abogado Jefe División de Infraestructura y Regulación

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