Dictamen N° 41835/2009
N° 41.835 Fecha: 03-VIII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Justo Segundo Fernández Severino, ex funcionario de la antigua Empresa Portuaria de Chile, exonerado político, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 11.721, de 2003, de este Organismo de Control. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social cumplió con remitir un expediente jubilatorio del interesado. Sobre el particular, cabe indicar que el reclamante es titular de una pensión concedida en el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, reliquidada a través de la resolución N° EXO/R-5.438, de 2001, del entonces Instituto de Normalización Previsional, en virtud del abono de tiempo, por gracia, de 3 años, 9 meses y 2 días que se le concediera de conformidad con el artículo 4° de la ley N° 19.234, fijándose su monto en $408.650.-, mensuales, a contar del 1 de septiembre de 1999. Precisado lo anterior, resulta pertinente señalar que el inciso tercero del artículo 4° de la ley N° 19.260, dispone que los beneficios previsionales, esto es, las pensiones de vejez, de invalidez y las de jubilación por cualquier causa, serán revisables de oficio o a petición de parte, en los casos en que se comprobaren diferencias en la computación de períodos de afiliación o de servicios, en las remuneraciones imponibles consideradas para la determinación del sueldo base de pensión o, en general, cuando existiere cualquier error de cálculo o de hecho en la liquidación. Agrega el inciso cuarto del mismo artículo, que la revisión a que se refiere el inciso anterior solamente podrá efectuarse dentro del plazo de tres años contado desde el otorgamiento del beneficio o de su respectivo reajuste. En este orden de ideas, y considerando que entre la fecha del aludido dictamen N° 11.721 -26 de marzo de 2003- y la primera presentación efectuada por el peticionario ante este Organismo de Control, de 4 de marzo de 2009, han transcurrido más de tres años, resulta forzoso concluir que el derecho a la revisión de su pensión se encuentra vencido. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República