Dictamen N° 42070/2020
N° E42070 Fecha: 09-X-2020 La Contraloría General de la República ha debido abstenerse de dar curso a la resolución del epígrafe, que ordena devolver a la empresa SQM Salar S.A, la suma que indica, por concepto de Impuesto Específico a la Actividad Minera enterado indebidamente o en exceso y los intereses penales asociados, del Año Tributario 2016, por cuanto ha sido dictada en cumplimento de la sentencia del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana de Santiago, en la causa RIT N° GR17-32-2017, según se advierte de los considerados sexto y séptimo de ese acto administrativo. En efecto, según lo previsto en el artículo 11, numeral 11.7, letra a), de la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas Sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, si bien los decretos y resoluciones relativos a devoluciones de tributos están afectos a ese control preventivo, se eximen de dicho trámite “los provenientes del cumplimento de sentencias y transacciones judiciales”, cuyo es el caso de la especie. Por las consideraciones antes expuestas, este Organismo de Control se abstiene de tomar razón del instrumento señalado. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República María Soledad Frindt Rada Jefa de la División de Contabilidad y Finanzas Públicas