Dictamen N° 42109/2025
N° E42109 Fecha: 17-03-2025 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del epígrafe, que aprueba la liquidación del contrato “Construcción puente Cancha de Piedra y accesos, sector Santa Inés - María Pinto - Bollenar, tramos ruta G-76 (dm. 0.000,00 - DM. 0.569,05) y camino El Parrón (DM. 0.000 - DM. 1.051,67) comuna de María Pinto, provincia de Melipilla, Región Metropolitana”, atendido que no se acompañan los siguientes documentos que sirven de sustento al acto administrativo: 1. Copia de la boleta de garantía de fiel cumplimiento original y sus endosos, así como la totalidad de los endosos de las pólizas de seguro de responsabilidad civil ante terceros y contra todo riesgo de construcción. 2. Los comprobantes de entrega de los informes exigidos en el punto 7.9 de las bases administrativas tipo, aprobadas por la resolución Nº 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, aplicables en la especie. 3. En relación a los estados de pago: a) Copias integras de los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales correspondiente a diciembre de 2018 y noviembre 2019. b) Anexo N° 2 del estado de pago N° 14. c) Los que acrediten la multa cursada en el estado de pago N° 19. d) Asimismo, en relación al estado de pago N° 19, aquellos que justifiquen las diferencias entre el monto pagado por concepto de valores proforma de acuerdo al anexo N° 1 y los comprobantes de depósito. e) La boleta de canje de retenciones relativa al estado de pago N° 21. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Elizabeth Yazmín Barraza Gougain Jefa (S) Comité de Obras Públicas