Dictamen CGR

Dictamen N° 42163/2010

2010-07-28 · Municipalidades y administración local y regional · municipal · Vigente
Sumario. Sobre decreto 230/2010, de la Municipalidad de Providencia, que sobresee el sumario administrativo instruido por Contraloría en ese municipio

N° 42.163 Fecha: 28-VII-2010 Mediante el oficio N° 3.992, de 2010, la Municipalidad de Providencia ha remitido a esta Contraloría General el decreto N° 230, del mismo año, mediante el cual sobresee el sumario administrativo instruido por esta Entidad de Fiscalización en ese municipio, en virtud de la resolución N° 3.909, de 2009. Como cuestión previa, es dable manifestar que el aludido procedimiento sumarial tuvo como objetivo determinar eventuales responsabilidades administrativas por la incorrecta aplicación del artículo 3.1.3. del decreto N° 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, por parte de la Dirección de Obras del aludido municipio, y a cuyo término se dispuso su sobreseimiento a través de la resolución N° 1.019, del año en curso, atendido que no se acreditó fehacientemente que se hubiere vulnerado la referida normativa legal. Pues bien, al respecto es útil recordar que el artículo 18 de la resolución N° 236, de 1998, de esta Entidad Fiscalizadora -Reglamento de sumarios instruidos por esta Contraloría General-, dispone que si existen antecedentes que lo justifiquen, el fiscal propondrá el sobreseimiento de la causa, y si éste es aprobado por el Contralor General o el Contralor Regional, en su caso, se dictará la resolución correspondiente, la que se comunicará a la autoridad respectiva. En este contexto, es dable concluir que una vez dictada por este Órgano de Control la resolución que disponga el sobreseimiento de un proceso sumarial como el de la especie, y comunicada al alcalde, aquél se encuentra totalmente afinado, por lo que no resulta procedente la dictación por parte de la autoridad edilicia, de otro acto administrativo en relación con la materia. Atendido lo anterior, cumple manifestar que no se ha ajustado a derecho la dictación del decreto en estudio, situación que ese municipio deberá tener presente en lo sucesivo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República