Dictamen N° 42195/2010
N° 42.195 Fecha: 28-VII-2010 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de tomar razón de la resolución N° 388, de 2010, de la Dirección de Vialidad, que entre otras materias aprueba una modificación y liquidación del contrato “Estudio de Ingeniería Mejoramiento Integral Ruta 60-CH, Sector Los Andes Túnel Cristo Redentor, V Región”, por cuanto carece de fecha de emisión, no se ha consignado la autoridad que lo suscribe, ni se encuentra acreditado que la disminución y aumento de los montos que se indican, provengan de una variación de los servicios contratados. Por otra parte, cumple con precisar que de conformidad con lo previsto en el artículo 3° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo de Control, el examen de legalidad del acto de que se trata no importa un pronunciamiento sobre las materias exentas que en el mismo se contienen, como es el caso de la liquidación del aludido contrato, por lo que ese Servicio deberá considerar esa circunstancia al emitir sus resoluciones. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación