Dictamen N° 4244/2011
N° 4.244 Fecha: 21-I-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Jessica Rodríguez Díaz, reclamando que no ha podido ocupar el espacio que la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda le asignó en la feria libre que indica, toda vez que cuando lo ha intentado, ha sido agredida por un tercero que ocuparía su puesto en forma ilegal. Al respecto, cabe hacer presente que de lo expresado por la recurrente en su presentación, así como de la documentación acompañada, se advierte que las agresiones de que habría sido víctima se encuentran en conocimiento del Ministerio Público, organismo competente en la materia. Sin perjuicio de lo anterior, y atendido que la peticionaria alega que su agresor ejercería el comercio sin contar con la respectiva autorización, es necesario hacer presente que, acorde con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 18.290 -cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones-, corresponde a Carabineros de Chile y a los Inspectores Fiscales y Municipales, supervigilar las disposiciones de esa ley, entre ellas la prevista en su artículo 160, N° 3: -que prohíbe, en lo que interesa, el comercio estacionado sin permiso municipal- y, en el caso de advertir infracciones, hacer las denuncias correspondientes al Juzgado de Policía Local competente. En consecuencia y en mérito de lo expuesto, corresponde que ese municipio adopte las medidas que, en su caso, procedían en relación con la situación reclamada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República