Dictamen CGR

Dictamen N° 42472/2011

2011-07-06 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10336

N° 42.472 Fecha: 06-VII-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de la muerte del caballar fiscal Abel Lady Z, de cargo de la Escuela de Formación de Carabineros Grupo Viña del Mar, que se encontraba bajo la custodia del funcionario de esa institución policial, señor Adolfo Octavio Rodríguez Sandoval, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 18 de julio de 2010, el indicado funcionario, en los momentos en que efectuaba el aseo de la pesebrera de ese plantel educacional, se percató que la yegua Abel Lady Z presentaba síntomas de un cólico, por lo que dio cuenta de forma inmediata al enfermero de ganado, quien, a su vez, solicitó la presencia de un médico veterinario, el que le administró los medicamentos necesarios al referido caballar, el cual, no obstante ello, falleció, debido a una torsión de colon mayor, con ruptura del órgano, según se señala en el certificado extendido por dicho profesional, que rola a fojas 19 de autos. Enseguida, consta de la reseña del Departamento Fomento Equino, incorporado a fojas 39 del expediente, que el caballar fiscal tenía un avalúo de $11.900.000. Ahora bien, es menester expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor Adolfo Octavio Rodríguez Sandoval, por la muerte del caballar fiscal Abel Lady Z. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República