Dictamen N° 4262/2018
N° 4.262 Fecha: 06-II-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que declara monumento nacional en la categoría de monumento histórico a la “Oficina Salitrera Lastenia Salinas”, ubicada en la comuna de Sierra Gorda, provincia y región de Antofagasta, modifica los decretos supremos N° 1.749, de 1971 y N° 536, de 1989, ambos del Ministerio de Educación -en el sentido de reemplazar la denominación “Oficina Salitrera Chacabuco” por “Oficina Salitrera y Campo de Prisioneros Chacabuco”-, y fija los límites del monumento histórico que indica por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con precisar que, según los documentos acompañados al expediente administrativo, el detalle de lo que comprende el monumento histórico “Oficina Salitrera y Campo de Prisioneros Chacabuco” se encuentra graficado en el plano N° 010-2-2017, y no en el plano N° 011-2-2017 como señala la parte final del artículo 3° del decreto en estudio. Además, cabe hacer presente que, en lo sucesivo, se deberán inutilizar con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco del instrumento que se remita a control previo de juridicidad, lo que no ocurrió en la especie, tal como se ha manifestado en los dictámenes N°s. 77.287, de 2013, 65.301, de 2015, y 21.870 de 2016, entre otros, de esta Contraloría General. Finalmente, se reitera que la transcripción que realiza la Subsecretaria de Educación debe consignarse solo en las copias del decreto, certificando su autenticidad como ministro de fe, pero no en el original del mismo, como acontece en la especie (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 22.821, de 2013, 70.407, de 2016 y 750, de 2017). Con los alcances que anteceden se ha dado curso al acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República