Dictamen CGR

Dictamen N° 42630/2013

2013-07-03 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 42.630 Fecha: 03-VII-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados a la camioneta fiscal Z-5130, conducida por su funcionario, señor José Antonio Riquelme Claro, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación acompañada, aparece que el día 11 de noviembre de 2012, mientras ese empleado se desplazaba en la citada camioneta por Avenida Quechereguas, en la comuna de Molina, fue colisionado por un vehículo particular que, al reiniciar su marcha, realizó un viraje a la izquierda, obstruyéndole la normal circulación al móvil policial, lo que la Subcomisaría I.A.T. y Carreteras Talca, en su oficio N° 27, de 2012, estableció como causa del accidente, efectuándose la respectiva denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 13, de 2013, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Maule, ascendieron a la suma de $4.868.673, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor José Antonio Riquelme Claro, por los daños causados en la camioneta fiscal Z-5130; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República