Dictamen N° 42921/2026
N° OF42921 Fecha: 03-03-2026 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases para la adquisición de infraestructura, redes y servicios TI para el programa que se indica, pero es necesario que esa entidad precise en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, en la respectiva etapa de aclaraciones, la hora en que se llevará a cabo la apertura de las ofertas, lo que se ha omitido indicar en el cuadro contenido en el N° 1.2 de ese pliego. En la misma oportunidad deberá informar que para la suscripción del contrato las personas jurídicas deberán presentar documentos originales -y en su caso públicos-, y no copias simples de ellos, como se indica en los literales del párrafo segundo del N° 5.6 de las bases. Asimismo, corresponde que aclare que también procederá la readjudicación si al adjudicatario le afecta la prohibición para contratar con el Estado prevista en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973, lo que no se regula en el N° 6.11 de las bases. Igualmente, deberá precisar que la garantía de fiel cumplimiento del contrato no se hará efectiva por la causal genérica que se contiene en el penúltimo párrafo del N° 13 del pliego de condiciones, y que las causales de incumplimiento grave son solo aquellas que se mencionan expresamente en el segundo párrafo del N° 15, de las bases de licitación (aplica el oficio N° E129274, de 2025). Además, que no procederá poner término anticipado del contrato por la causal genérica que se contiene en la letra f) del segundo párrafo del aludido N° 15, y que el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato solo se hará efectivo si el término anticipado es imputable al contratista, lo que se ha omitido consignar en esos términos en el penúltimo párrafo del N° 15 del pliego de condiciones. Finalmente, cumple indicar que se advierte un error de redacción en el N° N° 8.2, párrafo final, de las bases, al incluir la expresión “o previo cumplimiento del servicio contratado”. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Víctor Hugo Merino Rojas Contralor General de la República (S)