Dictamen CGR

Dictamen N° 43011/2017

2017-12-07 · Urbanismo, construcción y vivienda · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre presentaciones que se indican, relativas a la tramitación del Plan Regulador Comunal de Valdivia

N° 43.011 Fecha: 07-XII-2017 Mediante el oficio N° 60.341, de 2016, esta Contraloría General, a raíz de una reclamación realizada por las comunidades indígenas que ahí se indican -en contra de la modificación del Plan Regulador Comunal de Valdivia, aprobada por la resolución N° 31, de 2016, del Gobierno Regional de Los Ríos, fundada en que en su elaboración no se habría contemplado un procedimiento de consulta y participación de los pueblos originarios-, y considerando que tal documento se encontraba representado por el oficio N° 4.170, de igual anualidad, de la Sede Regional de Los Ríos, determinó remitir copia de la misma al aludido gobierno regional y a la atingente Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, para los fines que estimasen pertinentes. En esta oportunidad, la Municipalidad de Valdivia formula una serie de apreciaciones acerca de la improcedencia de llevar a cabo una consulta indígena en el marco de la apuntada modificación. A su turno, la nombrada Contraloría Regional ha remitido una nueva presentación de las referidas comunidades indígenas, que en lo sustancial y por las razones que señalan, desestiman el parecer de la aludida entidad edilicia. Sobre el particular, cumple con anotar que el instrumento de la especie no se encuentra actualmente en trámite ante esta Entidad de Fiscalización. No obstante ello, cabe manifestar que lo expuesto por las recurrentes se tendrá en consideración, en caso de un eventual reingreso de la antedicha modificación, en el estudio que esta Contraloría General efectúe con motivo de su toma de razón, sin perjuicio de remitir copia de ambas presentaciones al mencionado gobierno regional y a la SEREMI, así como del requerimiento de las indicadas comunidades a la singularizada corporación municipal, para los fines que estimen procedentes, y para que dicho gobierno regional informe al respecto al momento en que remita la atingente resolución a control previo de juridicidad. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General Subrogante