Dictamen N° 43295/2010
N° 43.295 Fecha: 02-VIII-2010 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4300, de cargo de la 3ª Comisaría Norte de Valparaíso, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Guillermo Eduardo Ortega Vargas, de dotación de la Tenencia Rodelillo, a objeto de que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil del funcionario antes individualizado. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que con fecha 24 de octubre de 2009, el aludido servidor, en compañía de otro funcionario, efectuaban un patrullaje preventivo por la Avenida Rodelillo, al llegar a la calle Gabriela Mistral fueron atacados con disparos, impactando uno de ellos el parabrisas y otro la máscara del móvil policial. Tal situación produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que se según el informe técnico N° 269, de 2009, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Valparaíso, incorporado a fojas 35 y 36 de autos, ascendió a la suma de $600.000, siendo dicho vehículo reparado y dado de alta para el servicio, como consta del Certificado de Revisión N° 32, de ese año, de la misma Zonal. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985, y 28.164, de 1993, entre otros, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 1° de Carabineros, señor Guillermo Eduardo Ortega Vargas, por los daños producidos al vehículo fiscal Z-4300. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República