Dictamen N° 43425/2013
N° 43.425 Fecha: 08-VII-2013 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 16, de 2013, de la Dirección Regional de la Aduana Metropolitana, mediante la cual se autoriza la franquicia aduanera que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cumple con advertir que de conformidad con lo prescrito en el acápite II de la resolución N° 943, de 2003, del Servicio Nacional de Aduanas, el beneficiario debe presentar una factura o proforma firmada por el donante, o en su defecto, una declaración de los valores de las mercaderías donadas suscrita por el peticionario de la franquicia, lo que no consta que se haya acompañado en la especie. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República