Dictamen CGR

Dictamen N° 43473/2009

2009-08-12 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Sobre error en ofrecimiento de cargo en concurso para la planta de técnicos en Servicio de Salud

N° 43.473 Fecha: 12-VIII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Yolanda Isabel Córdova Quiñenao, funcionaria del Hospital San José, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, para reclamar porque, luego de participar en un concurso realizado por ese Servicio de Salud, postulando al grado 24, de la planta de técnicos paramédicos, se le informó que había sido seleccionada, e incluso firmó la carta de aceptación al cargo, luego de lo cual, comprobó que su nombre no figura en la resolución de nombramientos. Requerido su informe, el Servicio de Salud Metropolitano Norte ha señalado que en el caso de la recurrente se produjo un error al ofrecerle el cargo de técnico, grado 24 de la E.U.S., titular, pues según la documentación que adjunta, ella no alcanzó a obtener el puntaje necesario. Al respecto, cabe recordar que, por medio de la resolución N° 1.626, de 2007, del citado Servicio de Salud, se dispuso, al término del respectivo concurso, la designación, en calidad de titulares, de los funcionarios que allí se nominan, en cargos de técnicos, grado 24 del aludido Ordenamiento Remuneratorio, documento que, por ajustarse a derecho, fue tomado razón por esta Entidad Contralora, el 26 de enero de 2009. Es dable hacer presente que, luego de examinados los antecedentes acompañados, se advierte que la funcionaria que figura en el último lugar de la aludida resolución, contaba con 65 puntos, en tanto la reclamante tenía 61 puntos, de modo que no alcanzaba a obtener alguno de los cupos disponibles, y en consecuencia, era improcedente ofrecerle el cargo. Así, se ha podido comprobar que en el caso de la especie el aludido Organismo ha incurrido en un manifiesto error, motivo por el cual la autoridad deberá arbitrar las medidas conducentes a determinar el efectivo grado de responsabilidad administrativa que asiste a quién o quiénes tuvieron participación en la situación anómala indicada. En estas condiciones, con la salvedad antes anotada, sólo cabe desestimar la petición de la interesada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República