Dictamen N° 43479/2014
N° 43.479 Fecha : 13-VI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Fredy Fernando Salgado Urriola, exonerado político, solicitando el reconocimiento del derecho que, a su juicio, le asistiría para ser titular de una pensión no contributiva, por gracia. Requerida de informe, la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública manifiesta que la situación previsional del recurrente se encuentra en archivo provisional, en atención a la falta de antecedentes que permitan formarse la convicción de la existencia de la relación laboral con el Partido Socialista de Chile a la época de su exoneración. Sobre el particular, cabe consignar que en los artículos 9° y 10° de la ley N° 19.234 y en lo resuelto por la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en el dictamen N° 77.948, de 2013, de este origen, se establece que la facultad de calificar el carácter político de la exoneración constituye una atribución exclusiva del Presidente de la República, ejercida a través de la referida Secretaría de Estado, quien, una vez adquirida esa convicción, resolverá también privativamente, sobre el otorgamiento de los beneficios que correspondan. En este punto, es dable consignar que según consta de los documentos tenidos a la vista, a través de la resolución exenta N° 3.715, de 2006, del ex Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del peticionario. De esta forma, procede concluir que es competencia del Presidente de la República, a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ponderar si el solicitante cumple con todos los requisitos del citado texto legal para obtener la prestación que requiere, por lo que se devuelven los dos expedientes acompañados. Transcríbase al interesado. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República