Dictamen CGR

Dictamen N° 43612/2016

2016-06-13 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de atender solicitud de reconsideración del oficio de alcance que se indica, relativo al requisito de contar con la totalidad de los recursos para financiar la obra que se señala

N° 43.612 Fecha: 13-VI-2016 Con ocasión del control preventivo de legalidad de la resolución N° 267, de 2015, del Servicio de Salud Metropolitano Sur, que adjudicó la ejecución de la obra “Construcción SAR Julio Acuña Pinzón, comuna de Lo Espejo”, esta Contraloría General, mediante el oficio N° 99.958, de 2015, la cursó con alcance, precisando que atendidos los antecedentes que se tuvieron a la vista -como eran los relativos a la tramitación que se llevaba a cabo para la obtención de los recursos adicionales que se requerían-, y para los efectos de la imputación en la resolución aprobatoria del contrato pertinente, debían encontrarse totalmente tramitados los actos administrativos que dispusieran de los recursos necesarios para su financiamiento. Con posterioridad, el servicio requirente solicitó la reconsideración de dicho criterio, toda vez que los recursos que faltaban para financiar el total de la obra no excedían del 10% de aquellos identificados en el correspondiente decreto del Ministerio de Hacienda, y que se encontraban realizando las gestiones para contar con la suplementación presupuestaria pertinente. Sobre el particular, es menester señalar que se ha constatado que a esta data se encuentran totalmente tramitados los decreto N°s 355 y 623, ambos de 2016, del Ministerio de Hacienda, que identifican la totalidad de los fondos para la ejecución del proyecto en comento, tal como se requirió en el aludido oficio, de manera que entiende que la situación se encuentra superada, por lo que no resulta del caso emitir un pronunciamiento sobre la materia. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación

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