Dictamen CGR

Dictamen N° 43655/2012

2012-07-19 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. No procede incorporación de funcionaria al fondo de desahucio establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 338, de 1960, por cuanto el cargo por el que se solicita su adscripción fue desempeñado con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley Nº 18.834, que derogó normas sobre desahucio

N° 43.655 Fecha: 19-VII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Mery Sonia Hashiguchi Mena, funcionaria de la Subsecretaría de Salud Pública, para solicitar un pronunciamiento que determine el derecho que, a su juicio, le asistiría a incorporarse al fondo de desahucio, puesto que por un hecho no imputable a ella sus empleadores no le habrían realizado las cotizaciones respectivas, a contar del 21 de junio de 1991, hasta la fecha. Sobre el particular, cumple con manifestar que, según se desprende de los antecedentes tenidos a la vista, a la interesada no le asistió el derecho a efectuar aportes para el fondo de desahucio, por cuanto el cargo por el que solicita la afiliación indicada, fue desempeñado a contar del 1 de enero de 1992, fecha de su ingreso a la Administración Pública, esto es, con posterioridad al 23 de septiembre de 1989, data de entrada en vigencia del nuevo Estatuto Administrativo aprobado por la ley N° 18.834, que derogó las normas sobre desahucio previstas en el decreto con fuerza de ley N° 338 de 1960, manteniendo el derecho a este beneficio, solo para aquellos funcionarios que, cumpliendo con los requisitos, se encontraban laborando a esa época, de acuerdo con lo señalado en el artículo 13 transitorio del primer cuerpo legal citado. En consecuencia, al tenor de lo precedentemente expuesto, cabe concluir que a la peticionaria no le asiste el derecho a incorporarse al fondo de desahucio previsto en el referido decreto con fuerza de ley N° 338. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República