Dictamen CGR

Dictamen N° 43708/2010

2010-08-03 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil en virtud del art/62 de la ley 10336

N° 43.708 Fecha: 3-VIII-2010 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4047, de cargo de la 15ª Comisaría Buin, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor José Guzmán Herrera, a objeto de que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil del servidor antes individualizado. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 5 de abril de 2009, mientras el aludido empleado, como conductor del referido furgón, efectuaba un patrullaje preventivo por la calle Arturo Prat de la comuna de Buin, al llegar al cruce con la calle José Joaquín Pérez fue colisionado por el vehículo P.P.U. HK-7160, que circulaba en contra del sentido del tránsito, el que luego del accidente se dio a la fuga por la calzada lateral poniente de la Ruta 5 Sur, iniciándose su persecución, instante en el que dicho móvil particular adelanta a un automóvil que lo antecedía, el que a raíz de ello realiza una maniobra evasiva, lo que produce que colisione con el furgón policial. La causa basal del accidente, según el oficio N° 65, de 2009, del Departamento de Investigaciones de Accidentes en el Tránsito, adjunto a fojas 43 y siguientes del expediente, fue que el conductor del vehículo P.P.U. HK-7160 al darse a la fuga, efectúa una maniobra de adelantamiento a otro automóvil particular, perdiendo el control del móvil, desviando su trayectoria hacia la derecha, chocando con un inmueble; luego, el segundo vehículo particular colisiona al furgón policial. Tal situación produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que de acuerdo con el Certificado N° 228, de 2009, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos del Departamento de Transportes, que rola a fojas 136 y siguientes de autos, ascendió a la suma de $934.180, siendo el bien siniestrado reparado y dado de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos indicados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero señor José Guzmán Herrera, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal Z-4047. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República