Dictamen CGR

Dictamen N° 4373/2012

2012-01-23 · Bienes del Estado (bienes fiscales y nacionales) · general · Vigente
Sumario. Sobre compraventa de predio en que se emplazaba jardín infantil de Contraloría General

N° 4.373 Fecha: 23-I-2012 Se ha recibido en esta Contraloría General la presentación de don Patricio Herman Pacheco, en su calidad de presidente de la Fundación Defendamos la Ciudad, quien acompaña copia de la aprobación de anteproyecto AP N° 054/2005, otorgado el 28 de diciembre de 2005, por la Dirección de Obras Municipales de Las Condes, a este Órgano de Control, para que en el predio situado en calle Benjamín N° 2.938, de la citada comuna, se construyera un edificio de 15 pisos, con 43 departamentos. Señala el recurrente que un cierto número de departamentos de este edificio excedería la superficie máxima para acogerse a las franquicias tributarias establecidas en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1959. Sostiene que en la citada aprobación de anteproyecto aparece como requirente don Pablo Letelier, quien sería socio de Inmobiliaria El Vergel, por lo cual consulta, la razón para que este Ente de Control, solicitara ese permiso de anteproyecto; la relación del señor Letelier con Inmobiliaria El Vergel; la forma en que se realizó la venta, el precio y la fecha de su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago; y si el precio por metro cuadrado corresponde a los precios de mercado a la fecha de la convención. Atendidos los documentos aportados por el requirente, se dispuso la recopilación y análisis de los antecedentes referidos al inmueble, correspondiendo señalar que esta Contraloría General era asignataria y administradora de la propiedad fiscal ubicada en Benjamín N° 2.938, donde se emplazaba un jardín infantil institucional, cuya venta directa fue dispuesta, por resolución N° 494, de 29 de junio de 2006, tomada razón el 3 de julio de dicho año, suscrita por el entonces Contralor General, señor Gustavo Sciolla Avendaño, fundado -de acuerdo al considerando de dicho acto administrativo- en la necesidad de reubicar el jardín infantil y sala cuna, a una propiedad cercana a la Sede Central. Posteriormente, el 6 de julio de 2006, este Órgano de Control, por medio de escritura pública otorgada ante el escribano don Osvaldo Pereira González, de la Décimo Cuarta Notaría de Santiago, celebró un contrato de compraventa sobre el predio citado, con la Inmobiliaria e Inversiones L y L S.A., representada legalmente por don Patricio Letelier Pfingsthorn, en cuya cláusula tercera se estipuló un precio de 60.590 UF., pagadero en una cuota al contado de 21.202 UF., y el saldo del precio de 39.388 UF., en seis cuotas mensuales y sucesivas, las cinco primeras por 6.565 UF. y la sexta por 6.563 UF. Dicha compraventa fue inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 35.060, N° 56.970, del año 2006. Cabe destacar, que el citado contrato de compraventa, estableció en su cláusula sexta, en caso de mora o simple retardo en la entrega material del inmueble -la cual debía verificarse dentro del plazo de 16 meses contados desde la suscripción de la escritura-, la obligación de pagar a la compradora una multa equivalente a 100 UF., por cada día de retardo. Lo anterior no se encontraba consignado en la precitada resolución que dispuso la venta directa. El valor por metro cuadrado, a la época del contrato de compraventa, correspondía a 30.86 UF., conforme al informe de tasación comercial, de 12 de agosto de 2005, efectuado por el arquitecto señor Ricardo Strickler Arellano. Este Contralor General, dispuso en el año 2007, la elaboración de un informe que diera cuenta de los datos históricos de las ofertas de suelo en el sector de emplazamiento del referido predio institucional, a efecto de determinar el correcto precio pagado, el cual fue evacuado por don Claudio Fernández Delgado, arquitecto de este Ente de Control, que enseguida se acompaña. Respecto a la relación del señor Pablo Letelier, con Inmobiliaria El Vergel, al tratarse de un vínculo de carácter societario, de naturaleza civil, escapa a la competencia de esta Entidad de Control informar al tenor de lo pedido. En lo que dice relación a la solicitud del referido permiso de anteproyecto por este Órgano de Control, cabe señalar que el 21 de septiembre de 2005, don Gustavo Sciolla Avendaño, en su calidad de Contralor General, confirió poder y autorización especial a los arquitectos señores Pablo Letelier Pfingsthorn, Marcos de Irurrizaga Samaniego y Simón Lukoviek Bontes, para que, cualquiera de ellos, actuando unipersonalmente representaran a este Órgano Fiscalizador ante la Dirección de Obras de la Municipalidad de Las Condes, para el sólo efecto de presentar planos y demás antecedentes necesarios para la tramitación y aprobación de uno o más anteproyectos de edificación en el terreno de calle Benjamín N° 072, de la citada comuna. Respecto a lo anterior, se ignora el origen y las motivaciones que tuvo el referido Contralor Sciolla Avendaño, para otorgarlo. Por último, este Contralor General, teniendo a la vista los documentos hallados en la Dirección de Obras Municipales de Las Condes, ordenó se efectuara una revisión respecto a la Orden de Ingreso Municipal N° 3129361, de 28 de diciembre de 2005, por $1.697.127, estableciéndose que dicho monto no fue pagado por este Ente de Control. Se acompañan copias de los documentos referidos. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República