Dictamen CGR

Dictamen N° 438010/2024

2024-01-11 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa el decreto N° 166, de 2023, del Ministerio de Obras Públicas

N° E438010 Fecha: 11-I-2024 Esta Contraloría General no ha dado curso al decreto de la suma, que deja sin efecto el decreto N° 313, de 2015, del mismo Ministerio -que fue representado por medio del oficio Nº 6.905, de 2016, de este origen-, y fija condiciones de reembolso del proyecto de rehabilitación de la obra de riego “Canal Melozal”, de la región del Maule, a la Comunidad de Aguas de dicho canal. Ello, por cuanto no se ha subsanado lo observado por esta Sede de Control en el citado oficio, en orden a que no consta el informe de la Dirección de Obras Hidráulicas exigido en el artículo 14, inciso primero, del decreto Nº 285, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas, ni se han acompañado antecedentes que permitan determinar los fundamentos considerados por el Consejo de Ministros de la Comisión Nacional de Riego para establecer las condiciones del reembolso de los costos y el subsidio otorgado. Por otra parte, cumple con precisar que la resolución que determina el plazo de reembolso de los costos del aludido proyecto corresponde a la resolución exenta Nº 1.752, de 24 de mayo de 2010, de la Comisión Nacional de Riego, y no a la que se indica en el considerando del decreto en examen. Asimismo, y en relación con los vistos del acto en estudio, cabe puntualizar que la denominada “Resolución CNR N° 1.792, de 29 de abril de 2009” no corresponde a la resolución que ratifica los acuerdos de la sesión del Consejo N° 139/2009, como erróneamente se indica, sino que a un oficio mediante el cual el Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego remite al Director de Obras Hidráulicas copia del acta que indica. Finalmente, es menester consignar que las resoluciones de la Comisión Nacional de Riego N°s. 799, de 2010, 2.066, de 2013, 701, de 2014, 2.860, de 2014, y 2.245, de 2016, tienen el carácter de exentas, lo que se ha omitido señalar en el referido decreto. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Aurora Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)

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