Dictamen N° 43990/2015
N° 43.990 Fecha: 02-VI-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a los documentos del epígrafe, mediante los cuales se aprueban los convenios celebrados entre el SENCE y el Fondo de Solidaridad e Inversión Social (FOSIS) y el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), respectivamente, para la ejecución del Programa Más Capaz Mujer Emprendedora, por encontrarse ajustados a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que la obligación de restituir los saldos no utilizados o ejecutados que dispone la cláusula décimo quinta de los acuerdos de voluntades en estudio, regula también el reintegro de aquellos caudales no rendidos, u observados. Asimismo, resulta procedente indicar que esta obligación debe cumplirse dentro de un término prudencial, correspondiendo que el SENCE ejerza todas las acciones que resulten necesarias al efecto, a fin de resguardar la correcta utilización de los recursos fiscales cuya transferencia se autoriza. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de las resoluciones del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante