Dictamen N° 44031/2010
N° 44.031 Fecha: 04-VIII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Katherine Paola Calvo Alarcón, ex funcionaria del Servicio de Salud Metropolitano Central, para solicitar se le concedan facilidades para reintegrar las sumas que adeuda por concepto de remuneraciones percibidas indebidamente, las que ascenderían a $432.106. Requerido su informe, el mencionado organismo ha señalado, en síntesis, que la peticionaria desempeñó funciones en dicha entidad hasta el 30 de noviembre de 2008, siendo contratada a partir del 1 de diciembre de dicho año, bajo la modalidad de honorarios, pero que por un error del sistema de Recursos Humanos, la afectada percibió en este último mes, las remuneraciones correspondientes al cargo que servía en calidad de a contrata, el que, a esa data, no estaba vigente. Sobre el particular, es dable señalar, según lo previsto en el artículo 11 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, que quienes prestan servicios a la Administración sobre la base de honorarios, no poseen la calidad de funcionarios públicos, tal como lo ha reconocido esta Entidad de Control en sus dictámenes N°s 11.862 de 1990 y 6.187 de 1996, entre otros. En este contexto, de los antecedentes existentes en poder de este Organismo Fiscalizador, aparece que la última designación a contrata de la ocurrente se materializó por medio de la resolución N° 6.008, de 2008, del Servicio de Salud Metropolitano Central, para el período comprendido entre el 1 y el 30 de noviembre de ese año, no constando que aquélla sea actualmente funcionaria pública, por lo que no recibe remuneraciones en las cuales hacer exigible la obligación de restituir los emolumentos que percibió indebidamente, en los términos que indica el artículo 67 de la ley N° 10.336, de modo que se ha procedido a registrar el cargo pecuniario en su contra, para hacerlo efectivo en los estipendios que en el futuro pudiese percibir, en el evento de reincorporarse a la Administración del Estado, conforme con el criterio contenido en el dictamen N° 8.221, de 2010, de esta Entidad Fiscalizadora. Sin perjuicio, de lo anterior, se hace presente que ese Servicio deberá agotar las instancias pertinentes a fin de obtener la total recuperación de lo adeudado por la señora Katherine Paola Calvo Alarcón, informando al respecto a esta Contraloría General. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República