Dictamen N° 44333/2016
N° 44.333 Fecha: 15-VI-2016 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro que aprueba reajustes y la devolución de las retenciones del contrato “Construcción Puente Aysén, Sector Puerto Dun, Comuna de Aysén, Provincia de Aysén Región del General Carlos Ibáñez del Campo”, por cuanto no es posible determinar que se cumpla la totalidad de los requisitos contemplados en el artículo 169 del Reglamento para contratos de Obras Públicas -aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas-, para la procedencia de la medida que se dispone, en lo que respecta a que no existan saldos pendientes en contra del contratista. Lo anterior, toda vez que se advierte que para la determinación del reajuste del estado de pago N° 15, de 11 de junio de 2014, en la liquidación de reajustes polinómicos, se empleó en carácter de índice actual el relativo a mayo de 2015, y no el correspondiente a mayo de 2014, que se debió aplicar al efecto. Enseguida, cabe añadir que en el certificado a que se refiere el considerando del acto en examen, se evidencia multas técnicas no resueltas y se alude a que se “trabaja” en la evaluación estadística de los hormigones”, sin que se acompañen antecedentes adicionales sobre ambas circunstancias. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación