Dictamen N° 44352/2015
N° 44.352 Fecha : 04-VI-2015 La Contraloría General ha dado curso al decreto del rubro, que fija las fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la localidad de Pillanlelbún de la comuna de Lautaro, Región de La Araucanía, de la Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A. Sin embargo, cumple con hacer presente que entiende que conforme al N° 4 del acta de acuerdo -citada en los vistos y considerandos del instrumento en examen-, las tarifas singularizadas en los puntos 1.2 y 2 del decreto del epígrafe se cobrarán a contar del 1 de marzo de 2016. Asimismo, que antes de esa data se cobrará un porcentaje de aquellas tarifas equivalente al 86% a partir del 18 de marzo de 2015 -fecha de su entrada en vigencia-, y al 93,1% desde el 1 de noviembre de igual año. En relación con lo anterior, y dado que en el decreto que se analiza se ha omitido precisar el detalle de esa forma de cobro gradual, corresponde que, en lo sucesivo, en la parte dispositiva de los actos administrativos como el de que se trata, y en los documentos que les sirven de sustento, se consignen pormenorizadamente los valores de las tarifas que quedarán afectas a escalonamiento, sus respectivos períodos y demás aspectos vinculados a dicha circunstancia, en su caso. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante