Dictamen N° 44353/2015
N° 44.353 Fecha : 04-VI-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que acepta oferta de la empresa que indica para la ejecución de la obra “Reposición Puente Altovalsol en Ruta D-315, Sector Intersección Ruta 41-CH con Ruta D-315, Tramo Km. 0,000 - Km. 0.77310, de la Ruta 41-CH; Km. 0,000 - Km. 1.09531 de la Ruta D-315; Comuna de La Serena, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo”, por cuanto resulta improcedente consignar en el resuelvo N° 4 del documento en estudio, un plazo de 590 días para la ejecución del contrato, si se tiene presente que en conformidad al artículo 8 de bases administrativas aprobadas por el decreto N° 258, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas, dicho plazo corresponde al que fije la empresa proponente en el programa de trabajo y que el entregado por la oferente contempla 520 días. Enseguida, en relación a la respuesta N° 92 contenida en la circular aclaratoria N° 1, cabe anotar que no se advierte el sustento normativo en virtud del cual esa dirección considera la posibilidad de disponer del material vegetal a que allí se alude, en beneficio de la comunidad. Por último, es dable añadir que esa repartición debió exigir a la contratista la garantía adicional a la de fiel cumplimiento según lo dispuesto en el artículo 14 del referido decreto N° 258, toda vez que el monto de la oferta adjudicada es inferior en más de un 15% del presupuesto oficial. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación