Dictamen N° 44365/2011
N° 44.365 Fecha : 14-VII-2011 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 36, de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la estructura, nivel y mecanismo de indexación de las tarifas de los servicios afectos a fijación tarifaria suministrados por la empresa Complejo Manufacturero de Equipos Telefónicos S.A.C.I., para el período que indica, por cuanto, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, la omisión de las tarifas correspondientes a los "servicios de transmisión y/o conmutación de señales" -incluido el servicio denominado Bitstream-, que se consideraron expresamente durante el procedimiento de fijación tarifaria pertinente, no se ajusta al criterio consignado en los dictámenes N°s 25.275, de 2006; 26.946, de 2007, y 36.001, de 2008. Por otra parte, cabe observar que en el numeral 1, punto 3 "Indexadores", del decreto analizado, los valores base de los índices IPMBSl 0 0 , IPMBSN 0 e IPC 0 , corresponden a "108,99", "110,08" Y "99,20", respectivamente, y no a los que allí se señalan. Luego, atendido que el concesionario presentó su estudio tarifario fuera del plazo previsto en el inciso primero del artículo 30 J de la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, la autoridad competente deberá adoptar las medidas que correspondan, a fin de que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final de dicho precepto. Finalmente, es preciso anotar que los decretos N°s 34 y 135, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, mencionados en la letra p) de los vistos, son del año 1981, y no como ahí se indica; y que la alusión al punto 4, contenida en el numeral IV del acto administrativo en examen, debe efectuarse al punto 3. En mérito de lo expuesto, se representa el instrumento señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República