Dictamen CGR

Dictamen N° 446302/2024

2024-01-31 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 32, de 2023, de la Dirección General de Obras Públicas

E446302 Fecha: 31-I-2024 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba la liquidación final del contrato “Mejoramiento Ruta 9, Sector Cerro Castillo – Bifurcación Ruta Y-150, Tramo DM. 305.430,000 al DM. 317.920,000, Comuna Torres del Paine, Provincia Última Esperanza, Región de Magallanes y Antártica Chilena”, en atención a las siguientes observaciones: 1. Se omite acompañar los siguientes antecedentes: a) Los informes del punto 7.9 de las bases tipo -aprobadas por la resolución Nº 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, aplicable en la especie- y los planos as built acorde al numeral 25 del respectivo anexo complementario. b) El plan de calidad del contrato y las auditorías internas de calidad, acorde a los numerales 40 y 41 del respectivo anexo complementario. c) Los que acrediten la participación del personal mínimo indicado en el numeral 23 del anexo complementario y, en su caso, las autorizaciones de los reemplazos. d) Los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018, febrero y marzo de 2019. e) Los respaldo de las multas administrativas cursadas en el estado de pago N° 4. f) Los controles de dosificación, resistencia a la compresión, resistencia a la flexotracción, curva de madurez, y espesor de la partida 410-1 “Pavimento de Hormigón de Cemento Hidráulico”. g) Los que acrediten que las 19 observaciones del acta de recepción provisional con reservas de 2 de marzo de 2021 fueron superadas, y que tal corrección fue efectuada en el plazo de 45 días fijado en la misma acta. h) Los que acrediten que las observaciones del “Informe de recepción definitiva” de 7 de abril de 2022, fueron superadas y el oficio “Ord LNV N° 361”, citado en el acta de recepción definitiva de 31 de agosto de 2022. 2. Se deberá explicar el motivo por el cual los siguientes anexos de los estados de pago del contrato carecen de firmas: a) El anexo N° 1 del estado de pago N° 12. b) Los anexos N os. 2 de los estados de pago N os. 11, 12 y 14. c) Los anexos N os 3 de los estados de pago N os. 11, 12 y 14. 3. Se requiere una explicación acerca del motivo por el cuál existe discrepancia entre el monto del presupuesto de las obras recibidas, y el consignado como valor pagado por obras en el acta de liquidación. Por último, se deberá dar una explicación acerca de la demora de seis meses en aprobar, mediante la resolución en examen, la liquidación de 18 de junio de 2023. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República (S) Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División