Dictamen CGR

Dictamen N° 4504/2017

2017-02-07 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Reglamento interno de funcionamiento del consejo de la agencia de calidad de la educación debe someterse al trámite de toma de razón ante esta contraloría general, por contener disposiciones cuya aplicación incide en actos afectos a dicho trámite

N° 4.504 Fecha: 07-II-2017 A través de su Secretario Ejecutivo, la Agencia de Calidad de la Educación ha remitido a esta Contraloría General la resolución exenta N° 1.056, de 2016, de ese origen, que aprueba el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo de ese organismo. Sobre el particular, cabe señalar que ese acto administrativo debe someterse al trámite de toma razón, de conformidad con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora. En efecto, según lo previsto en el artículo 1° de este último instrumento, los reglamentos que firman los jefes superiores de servicio, como es el caso del documento del rubro, quedan sometidos a ese examen previo de juridicidad, en la medida que se refieran a materias afectas, lo que sucede en la especie, toda vez que contiene disposiciones que regulan, entre otros aspectos, la forma de integración, designación y renovación de los miembros del consejo, regulación que incide en los actos administrativos de nombramiento de dichos consejeros, los que se encuentran sujetos al referido trámite. En consecuencia, esa autoridad deberá emitir el correspondiente documento afecto y remitirlo a la brevedad a este Ente Contralor, a fin de que se realice el examen de juridicidad respectivo. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República