Dictamen N° 45126/2011
N° 45.126 Fecha: 18-VII-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 473, de 2011, de la Dirección de Vialidad, que aprueba convenio modificatorio del estudio de ingeniería "Reposición Ruta 0-60, Sector Chiguayante - Hualqui, Provincia de Concepción, Región del Bío-Bío", por cuanto en su resuelvo N° 5 dispone que la garantía de fiel cumplimento por el aumento efectivo de los servicios se otorgue a favor de la Dirección de Vialidad, con una vigencia equivalente al plazo del contrato aumentado en 12 meses, en circunstancia que en la cláusula C) del citado acuerdo se estipula que debe constituirse a la orden del Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas, Región del Bío-Bío, con una vigencia igual al plazo del contrato aumentado en 8 meses. A su vez, se advierte que el convenio, de 3 de febrero del presente año, fue celebrado en forma extemporánea, ya que de acuerdo al cronograma adjunto, el aumento de plazo establecido en su cláusula B) para la ejecución de partidas correspondientes a las sub-fases 3.1.1.4 y 3.1.2.3, comenzó a correr el día 200, vale decir, a partir del 3 de enero del año en curso. Enseguida, en la resolución en examen sólo fueron transcritos los anexos N os 2, 3, 4 y 6, a lo que cabe agregar que el anexo N° 5, tampoco fue acompañado. Por otra parte, en el convenio no se consignan los motivos de las variaciones pactadas, y además, no se advierte la razón por la cual en su cláusula B) se efectuó una distinción entre días proporcionales y extraproporcionales. Finalmente, es del caso señalar que la fecha del convenio modificatorio es la antes indicada, y no la que se consigna en los vistos del acto en examen. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación