Dictamen N° 45168/2013
N°45.168 Fecha:17-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Iván Enrique Castro Cerpa, afiliado al régimen del decreto ley N° 3.500, de 1980, para reclamar del Oficio N° 9.280, de 2008, de la Superintendencia de Pensiones, que resuelve sobre la improcedencia de autorizar su desafectación del aludido sistema. Al efecto, hace presente que desde el inicio de sus servicios ha cotizado en la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, objetando su eventual incorporación a la administradora de fondos de pensiones Capital S.A., ex Santa María. Sobre el particular, es dable informar que la facultad para conocer acerca de la desafiliación del sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, está entregada actualmente a la Superintendencia de Pensiones, a la que, conforme con lo previsto en el artículo 94, números 2 y 3, de ese mismo cuerpo normativo, en concordancia con el artículo 47, numeral 1), de la ley N° 20.255, sobre reforma previsional, le corresponde, asimismo, fiscalizar el funcionamiento de las administradoras de fondos de pensiones. Ahora bien, como se ha señalado precedentemente, esa Entidad Supervisora se pronunció respecto de la situación del interesado, por medio de su oficio antes individualizado, manifestando que debe permanecer afecto al decreto ley N° 3.500, de 1980, y obtener por su intermedio los beneficios a que haya lugar. En consecuencia, con el mérito de lo anteriormente expuesto, no procede que este Órgano de Control intervenga en un asunto ya revisado por el organismo competente dentro del ámbito de sus atribuciones. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República