Dictamen N° 454724/2024
N° E454724 Fecha: 21-II-2024 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución de la suma, que autoriza trato directo y aprueba contrato para el “Servicio de Arriendo de Maquinaria para Encauzamiento de los Ríos y Estero que se indican de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins”, pero cumple con precisar, en relación con lo dispuesto en su resuelvo I, que la alusión que se realiza al artículo 10, Nº 7, letra f), del decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, debe entenderse efectuada al artículo 10, N° 3, del mismo texto reglamentario. Enseguida, que el Ítem II que se contrata se denomina “Servicio de Arriendo de Maquinaria para Encauzamiento de Emergencia Estero Peuco, Río Angostura, Estero Codegua y Estero Rigolemu, varios sectores, comunas de San Francisco de Mostazal, Codegua y Malloa, Provincias de Cachapoal y Colchagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, desbordes año 2023”, y no como se indica en el considerando N° 11 del acto en examen. Cabe consignar, además, que el considerando Nº 25 solo da cuenta de la resolución Nº 2885, de 2023, de la Dirección de Obras Hidráulicas, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, que designa Contraparte Técnica para el Item II, y que se ha omitido aludir a la resolución Nº 2884, de 2023, del mismo servicio, que designa a la Contraparte Técnica del Item I. Finalmente, deberán adoptarse las medidas pertinentes a fin de que, en lo sucesivo, no se incurra en errores en la elaboración de los contratos, como acontece con la definición de los plazos del contrato. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República (S) Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División