Dictamen N° 45493/2010
N° 45.493 Fecha: 10-VIII-2010 Don Jaime Ramírez Kattan y don Santiago Figueroa Vega, en representación de Alpes Selection Limitada, se han dirigido a este Organismo de Control impugnando la legalidad de la resolución N° 37, de 2010, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, que resuelve la licitación pública ID-5599-167-LP09, en consideración a los presuntos vicios que se habrían cometido durante el proceso licitatorio de que se trata. Sobre el particular, corresponde hacer presente que con fecha 27 de mayo de 2010, esta Contraloría General ha procedido a tomar razón de la citada resolución N° 37, por estimarla conforme a derecho. Sin perjuicio de lo señalado, cabe indicar que, según dispone el artículo 24 de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, es el Tribunal de Contratación Pública el órgano “competente para conocer de la acción de impugnación contra actos u omisiones, ilegales o arbitrarios, ocurridos en los procedimientos administrativos de contratación con organismos públicos regidos por esta ley”, situación que se presentaría en la licitación de que se trata. Agrega, el inciso segundo de la señalada disposición que “la acción de impugnación procederá contra cualquier acto u omisión ilegal o arbitrario que tenga lugar entre la aprobación de las bases de la respectiva licitación y su adjudicación, ambos inclusive”. Atendido lo expuesto, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir un pronunciamiento respecto de la impugnación de la especie, por cuanto su conocimiento corresponde al Tribunal de Contratación Pública, lo cual no obsta al ejercicio de las atribuciones propias de este Organismo de Control, entre ellas el examen preventivo de juridicidad de aquellos actos administrativos que emita la autoridad pertinente durante los procedimientos licitatorios, y que estén afectos al trámite de toma de razón -como ha ocurrido en este caso con la citada resolución N° 37, de 2010, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud-, o bien la fiscalización posterior a través de las funciones de inspección y de auditoría. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República